Tras la pandemia de la COVID19 muchas personas han quedado afectadas por secuelas y patologías permanentes que merman de tal modo su capacidad laboral que hace verdaderamente difícil desempeñar cualquier trabajo de manera digna. No sólo los trabajadores del sector sanitario han visto comprometida su capacidad labor como consecuencia de haber contraído la enfermedad y haber desarrollado secuelas posteriores. Cualquier trabajador puede verse seriamente limitado para cualquier labor tras haber contraído la enfermedad o padecer efectos secundarios a la vacunas.
Los recientes estudios están demostrando la presencia del virus en personas fallecidas que aparentemente se habían recuperado plenamente de la infección. Así lo demuestran recientes estudios publicados por el Dr. Francisco Mera Cordero.
Es el caso de la reciente sentencia que hemos obtenido en el Juzgado de lo Social 4 de Oviedo Sentencia 623/2024: “La clínica patológica objetivada que padece la actora recogida en el hecho probado cuarto, son menoscabos que impiden las fundamentales tareas que le son exigidas a la actora en su profesión habitual de auxiliar de vendedora de seguros profesión que requiere de atención personalizada y telefónica a clientes : asesoramiento y venta de seguros (tal y como se refleja en la carta de despido) y ello vistas las secuelas que le produce su dolencia, concluyendo el medico evaluador que presenta: “Voz siempre áfona, entrecortada y con esfuerzo. Apenas se puede percibir el sonido aun en ambientes silenciosos sin apenas ruido. Limitado para tareas que requieren comunicación verbal continuada…”
Otros ejemplos de las primeras sentencias que están proliferando de manera incipiente por los juzgados sociales de nuestro país.
Juzgado de lo Social nº14 de Madrid, Sentencia 242/2023: Las secuelas que le han quedado a la trabajadora, por infección de Covid, son musculares y osteoarticulares, lo que le dificultan la deambulación más allá del 100 metros y la bipedestación. Tampoco puede realizar tareas sedentarias por el dolor. Se le reconoce el derecho a la prestación por incapacidad PERMANENTE ABSOLUTA para la profesión de ferralista.
Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, Sentencia 2297/2024: El trabajador sufre, tras infección por COVID, las lesiones objetivas siguientes, causadas por el síndrome de COVID persistente: espiratorias, (dolor torácico y disnea tras esfuerzo). Cardiacas (taquicardias). Neurológicas (olvidos; falta de concentración; anosmia…), Intestinales (nauseas; diarrea), Cutáneas (lesiones foliculares diseminadas), Distermias generales; cansancio, Síntoma diatónico, migrañas, alopecia. Necesita oxigenoterapia domiciliaria 24 horas del día. El trabajador depende del suministro de oxígeno las 24 horas del día le impide el desarrollo de actos esenciales de la vida, declarando y reconociendo por lo tanto el trabajador en situación de incapacidad PERMANENTE ABSOLUTA
Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, Sala de lo Social, Sentencia 721/2024: El actor ocupa el puesto de trabajo de oficial de la construcción, y tras padecer de una infección por COVID, empezó a padecer un cuadro clínico residual que le inhabilita para su profesión habitual: neumonía bilateral, insuficiencia respiratoria, posible rotura de espesor completo del tendón SE izquierdo, patología neurológica funcional, trastorno adaptativo mixto.
Podemos concluir que es obvio que la pandemia ha dejado un nuevo panorama social con consecuencias laborales que comienzan a tener reconocimiento en los Juzgados.